Autor: Eduardo González García
Las recientes medidas puestas en vigor por el
Gobierno de Estados Unidos acerca de las relaciones económicas con Cuba han
tenido una amplia repercusión mediática, aunque muy superficial y engañosa.
Se
simplifica la información, al punto de afirmar que fueron autorizadas las
operaciones cubanas en dólares y liberados los viajes de ciudadanos
norteamericanos a nuestro país.
Muy pocos medios precisan su alcance real,
entre ellos, un
despacho de la agencia española EFE, que explica algunos detalles.
Aclara que: “los ciudadanos cubanos
que vivan en su país podrán abrir cuentas en bancos de Estados Unidos para que
reciban pagos por transacciones autorizadas o exentas y puedan transferir
dichos pagos de nuevo a Cuba”.
Nótese que
se autoriza a abrir dichas cuentas a ciudadanos cubanos que residan en Cuba, no
a entidades del país, lo cual excluye al mayoritario sector estatal, ni permite
que personas naturales o jurídicas de otros países puedan efectuar pagos a
personas o entidades cubanas, mediante bancos norteamericanos.
No obstante,
“los bancos de Estados Unidos podrán procesar instrumentos monetarios en
dólares que sean presentados indirectamente por instituciones financieras
cubanas”. No queda claro qué significa “indirectamente”, pero quizás implica
que las cuentas de entidades cubanas deban estar acreditadas a personas
naturales.
La medida
especifica que “se incluye dinero en efectivo y cheques de viajero”, lo cual
impide el uso de los medios de pago usuales entre empresas y entidades del
Estado, tales como cheques, transferencias, etc.
Más
adelante, se autoriza al sistema financiero estadounidense “para que los
cubanos puedan realizar transferencias de fondos desde cuentas de fuera de
Estados Unidos, que lleguen a este país y que tengan como destino final bancos
situados fuera de EE.UU. (transacciones "U-turn"). Ni el
originario ni el beneficiario final pueden estar sujetos a la jurisdicción de
EE.UU.”.
O
sea: el dinero tiene que salir de Cuba y solo puede regresar a Cuba, y si
procede de otro país, tampoco puede ingresar a Cuba.
En
su conferencia de prensa del 17 de marzo, Bruno Rodríguez Parrilla, ministro
cubano de Relaciones Exteriores, precisó que “la autorización al uso del dólar
en las transacciones internacionales de Cuba, que se incluyó en este nuevo
grupo de medidas, atañe a un aspecto importante del bloqueo”.
Pero
advierte: “Para que esta medida sea viable, se requiere una declaración
política e instrucciones claras y precisas del Gobierno de EE.UU., que den
seguridad jurídica y política a los bancos, de modo que se ponga fin a la
persecución financiera y se pueda revertir los efectos intimidatorios generados
por las sanciones impuestas a lo largo de los años a instituciones financieras
estadounidenses y de terceros países por relacionarse de manera legítima con
Cuba”.
Otro ítem se
refiere a la posibilidad de contratación: “Los ciudadanos cubanos en EE.UU. con
estatus de no inmigrante o que estén pendientes de autorización de viaje de no
inmigrante podrán ganar un salario, siempre y cuando no estén sujetos a
algún régimen tributario especial en Cuba.
“Las empresas
estadounidenses podrán hacer transacciones relacionadas con el patrocinio o la
contratación de ciudadanos cubanos para que trabajen en EE.UU. siempre y
cuando no se realicen pagos adicionales al Gobierno cubano vinculados con ese
patrocinio o contratación”.
Muy claro:
los recursos humanos que con tanto esfuerzo ha formado Cuba en este medio
siglo, a pesar de la feroz guerra económica a la que estamos sometidos, no
podrán resarcir al país ni con un centavo de lo que ganen con su trabajo en
entidades norteamericanas, que sí se beneficiarán con la reconocida calidad de
nuestros científicos, técnicos, obreros calificados, deportistas, artistas…
En cuanto a
la publicitada liberalización de los viajes de norteamericanos a Cuba, solo
serán permitidos "para fomentar el contacto personal entre los dos
pueblos", bajo actividades de “intercambio educativo”.
Continúa
prohibido hacer turismo en Cuba, y los viajeros que se acojan a la autorización
para el llamado “contacto pueblo a pueblo” deberán presentar un programa
detallado de su visita y guardar, durante cinco años, pruebas de que se
limitaron a promover “la independencia de los cubanos de sus autoridades”, o
sea, demostrar que vinieron a sembrar desobediencia civil y sedición.
Se autorizará
la provisión de becas y subvenciones educativas para “proyectos humanitarios”
en Cuba y ya se sabe que estas becas, en sus versiones anteriores, fueron
escuelas de disidencia y generaron escándalos por la actuación de los
beneficiarios, generalmente, hijos u otros familiares de cabecillas de los
grupitos contrarrevolucionarios, caracterizados por su baja calaña.
Menos mal:
ya los ciudadanos norteamericanos que se encuentren en terceros países podrán
consumir productos cubanos o recibir servicios de cubanos. Se elimina la
ridícula e impracticable prohibición de que un turista o un funcionario de los
EE.UU., durante su estancia en otro país, se tome un trago del mejor ron del
mundo, se fume un famoso puro Cohiba
o reciba, digamos, una consulta de un médico cooperante internacionalista
cubano.
La Oficina
de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés), permitirá
la importación de software de origen cubano (actualmente sólo se autoriza la
importación de aplicaciones de teléfonos móviles de origen cubano).
Sin embargo,
se mantiene la prohibición a las importaciones de todos los demás productos
cubanos a EE.UU., incluyendo medicamentos y productos biotecnológicos, por lo
que el limitado comercio bilateral autorizado sigue siendo esencialmente
unidireccional.
Tampoco cambian
las restricciones para las exportaciones de EE.UU. a Cuba, las que son
limitadas y excluyen a sectores clave de la economía cubana.
No
se permite invertir en Cuba, excepto las ya aprobadas en el sector de las
telecomunicaciones.
Se
mantiene la prohibición de entrar a puertos de EE.UU., en un plazo de 180 días,
a los barcos de otras banderas que hayan transportado mercancías a Cuba, lo
cual encarece los costos por concepto de fletes.
La
única medida tomada en esta esfera, la de permitir a barcos de matrícula
norteamericana que transporten cargas para Cuba, fue solo para hacerles rentables
las operaciones a las navieras estadounidenses.
Ciudadanos
y empresas cubanas y de otros países continúan incluidos en una lista
arbitraria, conocida como “nacionales especialmente designados”, que les impide
realizar transacciones con entidades de EE.UU. y sus subsidiarias.
Prácticamente, todas las
restricciones mencionadas pueden ser eliminadas o al menos dejarlas sin efecto
práctico mediante decisiones basadas en facultades ejecutivas y no necesitan
aprobación del Congreso.
Así
que las medidas instrumentadas hasta ahora por la Casa Blanca tienen tan corto
alcance, que pueden ser medidas en milímetros.
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