Estados Unidos-Cuba: medidas, pero en milímetros



Autor: Eduardo González García


Las recientes medidas puestas en vigor por el Gobierno de Estados Unidos acerca de las relaciones económicas con Cuba han tenido una amplia repercusión mediática, aunque muy superficial y engañosa.


Se simplifica la información, al punto de afirmar que fueron autorizadas las operaciones cubanas en dólares y liberados los viajes de ciudadanos norteamericanos a nuestro país.

Muy pocos medios precisan su alcance real, entre ellos, un despacho de la agencia española EFE, que explica algunos detalles.

Aclara que: “los ciudadanos cubanos que vivan en su país podrán abrir cuentas en bancos de Estados Unidos para que reciban pagos por transacciones autorizadas o exentas y puedan transferir dichos pagos de nuevo a Cuba”.

Nótese que se autoriza a abrir dichas cuentas a ciudadanos cubanos que residan en Cuba, no a entidades del país, lo cual excluye al mayoritario sector estatal, ni permite que personas naturales o jurídicas de otros países puedan efectuar pagos a personas o entidades cubanas, mediante bancos norteamericanos.

No obstante, “los bancos de Estados Unidos podrán procesar instrumentos monetarios en dólares que sean presentados indirectamente por instituciones financieras cubanas”. No queda claro qué significa “indirectamente”, pero quizás implica que las cuentas de entidades cubanas deban estar acreditadas a personas naturales.

La medida especifica que “se incluye dinero en efectivo y cheques de viajero”, lo cual impide el uso de los medios de pago usuales entre empresas y entidades del Estado, tales como cheques, transferencias, etc.

Más adelante, se autoriza al sistema financiero estadounidense “para que los cubanos puedan realizar transferencias de fondos desde cuentas de fuera de Estados Unidos, que lleguen a este país y que tengan como destino final bancos situados fuera de EE.UU. (transacciones "U-turn"). Ni el originario ni el beneficiario final pueden estar sujetos a la jurisdicción de EE.UU.”.

O sea: el dinero tiene que salir de Cuba y solo puede regresar a Cuba, y si procede de otro país, tampoco puede ingresar a Cuba.

En su conferencia de prensa del 17 de marzo, Bruno Rodríguez Parrilla, ministro cubano de Relaciones Exteriores, precisó que “la autorización al uso del dólar en las transacciones internacionales de Cuba, que se incluyó en este nuevo grupo de medidas, atañe a un aspecto importante del bloqueo”.

Pero advierte: “Para que esta medida sea viable, se requiere una declaración política e instrucciones claras y precisas del Gobierno de EE.UU., que den seguridad jurídica y política a los bancos, de modo que se ponga fin a la persecución financiera y se pueda revertir los efectos intimidatorios generados por las sanciones impuestas a lo largo de los años a instituciones financieras estadounidenses y de terceros países por relacionarse de manera legítima con Cuba”.

Otro ítem se refiere a la posibilidad de contratación: “Los ciudadanos cubanos en EE.UU. con estatus de no inmigrante o que estén pendientes de autorización de viaje de no inmigrante podrán ganar un salario, siempre y cuando no estén sujetos a algún régimen tributario especial en Cuba.

“Las empresas estadounidenses podrán hacer transacciones relacionadas con el patrocinio o la contratación de ciudadanos cubanos para que trabajen en EE.UU. siempre y cuando no se realicen pagos adicionales al Gobierno cubano vinculados con ese patrocinio o contratación”.

Muy claro: los recursos humanos que con tanto esfuerzo ha formado Cuba en este medio siglo, a pesar de la feroz guerra económica a la que estamos sometidos, no podrán resarcir al país ni con un centavo de lo que ganen con su trabajo en entidades norteamericanas, que sí se beneficiarán con la reconocida calidad de nuestros científicos, técnicos, obreros calificados, deportistas, artistas…

En cuanto a la publicitada liberalización de los viajes de norteamericanos a Cuba, solo serán permitidos "para fomentar el contacto personal entre los dos pueblos", bajo actividades de “intercambio educativo”.

Continúa prohibido hacer turismo en Cuba, y los viajeros que se acojan a la autorización para el llamado “contacto pueblo a pueblo” deberán presentar un programa detallado de su visita y guardar, durante cinco años, pruebas de que se limitaron a promover “la independencia de los cubanos de sus autoridades”, o sea, demostrar que vinieron a sembrar desobediencia civil y sedición.

Se autorizará la provisión de becas y subvenciones educativas para “proyectos humanitarios” en Cuba y ya se sabe que estas becas, en sus versiones anteriores, fueron escuelas de disidencia y generaron escándalos por la actuación de los beneficiarios, generalmente, hijos u otros familiares de cabecillas de los grupitos contrarrevolucionarios, caracterizados por su baja calaña.

Menos mal: ya los ciudadanos norteamericanos que se encuentren en terceros países podrán consumir productos cubanos o recibir servicios de cubanos. Se elimina la ridícula e impracticable prohibición de que un turista o un funcionario de los EE.UU., durante su estancia en otro país, se tome un trago del mejor ron del mundo, se fume un famoso puro Cohiba o reciba, digamos, una consulta de un médico cooperante internacionalista cubano.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés), permitirá la importación de software de origen cubano (actualmente sólo se autoriza la importación de aplicaciones de teléfonos móviles de origen cubano).

Sin embargo, se mantiene la prohibición a las importaciones de todos los demás productos cubanos a EE.UU., incluyendo medicamentos y productos biotecnológicos, por lo que el limitado comercio bilateral autorizado sigue siendo esencialmente unidireccional.

Tampoco cambian las restricciones para las exportaciones de EE.UU. a Cuba, las que son limitadas y excluyen a sectores clave de la economía cubana.

No se permite invertir en Cuba, excepto las ya aprobadas en el sector de las telecomunicaciones.

Se mantiene la prohibición de entrar a puertos de EE.UU., en un plazo de 180 días, a los barcos de otras banderas que hayan transportado mercancías a Cuba, lo cual encarece los costos por concepto de fletes.

La única medida tomada en esta esfera, la de permitir a barcos de matrícula norteamericana que transporten cargas para Cuba, fue solo para hacerles rentables las operaciones a las navieras estadounidenses.

Ciudadanos y empresas cubanas y de otros países continúan incluidos en una lista arbitraria, conocida como “nacionales especialmente designados”, que les impide realizar transacciones con entidades de EE.UU. y sus subsidiarias.

Prácticamente, todas las restricciones mencionadas pueden ser eliminadas o al menos dejarlas sin efecto práctico mediante decisiones basadas en facultades ejecutivas y no necesitan aprobación del Congreso.

Así que las medidas instrumentadas hasta ahora por la Casa Blanca tienen tan corto alcance, que pueden ser medidas en milímetros.

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