Cuba tiene nueva Ley de Comunicación. Foto: Internet |
Por: Redacción Digital
Un acercamiento con nuevos aspectos de la
Ley de Comunicación Social sobre la gestión económica de los medios en
el ámbito mediático.
Establece que pueden asumir diferentes
formas de gestión de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente
para su tipo de propiedad.
Los medios fundamentales de comunicación
social pueden complementar el aseguramiento financiero y material de sus
actividades con la comercialización dentro y fuera del país de sus
producciones y servicios.
También pueden ejecutar la venta de
espacios de publicidad, el patrocinio, los proyectos de cooperación
nacional e internacional y otras vías legalmente reconocidas, siempre
que no se comprometa el cumplimiento de su función pública.
Para
que un medio se beneficie con esa regulación, requiere del aval de su
titular y la aprobación de los organismos de la Administración Central
del Estado.
De la prensa extranjera
Los medios de la prensa extranjera para realizar trabajos periodísticos en Cuba, de manera permanente o temporal, se acreditan ante el ministerio de Relaciones Exteriores. Igual procedimiento se establece para sus corresponsales, ya sean ciudadanos cubanos residentes o no en el territorio nacional, o extranjeros que residan de forma permanente o temporal, o estén de tránsito por el país.
Los medios de la prensa extranjera y sus corresponsales nacionales y extranjeros, cumplen las obligaciones fiscales y tributarias de acuerdo con su trabajo profesional que atiende, coordina y regula en el país el ministerio de Relaciones Exteriores.
Otro aspecto de la Ley 162 de Comunicación Social en el ámbito comunitario, impacta tanto en los espacios públicos físicos como en los digitales.